Declaracion de intenciones

Esta plataforma está formada por empleados y empleadas de la Junta de Andalucia y tiene como objetivo defender nuestros derechos laborales ante los Decretos-Ley 5/2010, 6/2010 y la Ley 1/2011 por el que se aprueban medidas urgentes en materia de reordenacion del sector publico.
La plataforma se declara independiente y apolítica.
Nuestro objetivo fundamental es que tanto el personal laboral como funcionario, siga manteniendo exactamente la misma relacion ORGANICA Y FUNCIONAL con la Administración que la actual, RECHAZANDO rotundamente la integracion de nuestros puestos en ninguna otra empresa.
POR UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EFICAZ Y PROFESIONALIZADA, POR EL EMPLEO ESTABLE
NO A LA ADMINISTRACIÓN PARALELA Y POLITIZADA.

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jueves, 21 de febrero de 2013

El ponente de la sentencia del Supremo es un catedrático bien relacionado con el PSOE andaluz. Por Andalucía Libre. 20 de Febrero.


El ponente de la sentencia del Supremo es un catedrático bien relacionado con el PSOE andaluz

Miércoles, 20 de Febrero de 2013 09:19
El ponente de la sentencia del Supremo es un catedrático bien relacionado con el PSOE andaluzSerá casualidad pero Pablo Lucas Murillo de la Cueva,  el ponente de la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha considerado que son“empleados públicos”  los contratados externos de un ente público, tiene estrechas relaciones con el PSOE andaluz y con el aparato jurídico político de poder que en Andalucía  se sustenta en  Javier Pérez Royo, catedrático de Derecho Constitucional en Sevilla, asesor habitual del ex presidente Chaves y muy bien relacionado con José Antonio Griñán.
Catedrático de derecho constitucional en la Univesidad de Córdoba, Pablo Lucas es compañero de Carmen Calvo, ex consejera de Cultura,  de Manuel Chaves,ahora profesor en aquella Universidad, del ex marido de Calvo, Manuel Pérez Yruela, Elías Fereres y otros destacados socialistas. Griñán también ha sido vinculado desde siempre con el PSOE de Córdoba y sus élites.
Las fuentes consultadas por esta Revista indican que Pablo Lucas es, ante todo, un juez político hasta el punto de que fue nombrado juez del Centro Nacional de Inteligencia por el gobierno Zapatero, a propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial y en sustitución del presidente de la Sala III (de lo Contencioso-Administrativo) del Supremo, Ramón Trillo.
Además, entró con fuerza en la carrera judicial de la mano de gobiernos del PSOE. De hecho en 1987, en el segundo gobierno de Felipe González,  según la Orden de 31 de enero fue nombrado ya subdirector general de Publicaciones y Documentación del Centro de Estudios Constitucionales, dependiente delMinisterio de Relaciones con Las Cortes.
Como magistrado del Tribunal Supremo fue nombrado en 2001, a instancia delConsejo General del Poder Judicial.
La sentencia del Supremo  es contraria a la visión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
La sentencia del Tribunal Supremo que avala la integración de personal en la agencia de Instituciones Culturales abre un peligroso precedente en la lucha judicial que mantienen los funcionarios en contra de la Ley 1/2011 de Reordenación del Sector Público, la polémica «ley del enchufismo», según manifiesta La Razón.
El fallo pone en cuestión la ya abundante jurisprudencia contenida en los prununciamientos de los juzgados Contencioso-Administrativo y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que habían dado la razón a los empleados públicos por producirse el menoscabo de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Pero la sentencia del Supremo, fechada el 21 de enero, acepta el recurso interpuesto por la Junta contra la sentencia del TSJA del 2 de noviembre de 2011 que dio  la razón a la Asociación Al Andalus de Empleados Públicos, a la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública y a otros 17 empleados públicos, que recurrieron la integración del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras (IAAL) en la agencia de Instituciones Culturales.
El Supremo aceptó el argumento de la Fiscalía sobre el personal del IAAL  y considera en la reciente sentencia que tal personal ya tenía «condición de empleado público» antes de que se produjera la integración, «bien como personal laboral, bien como funcionarios».
Inexplicablemente añade que el personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras «sólamente podrá pasar a la función pública de la Administración General de la Junta de Andalucía o a su personal laboral si supera los correspondientes procesos selectivos».
Según el bufete que defiende las posiciones de los funcionarios y empleados públicos de la Junta hostiles al “decreto del enchufismo”aunque en este caso el Supremo acepte que los 538 trabajadores del ente fusionado tenían ya la condición de empleados públicos, difícilmente podría señalarlo en otros casos. Hay que recordar que el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras sufrió ya una remodelación previa. Proviene de la Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales, adscrita en su día a la Consejería de Cultura.
Según los denunciantes de las políticas de la Junta, no se sostiene el  considerar que estos trabajadores del IAAL ya eran empleados públicos, cuando se trata deentes mercantiles que se rigen por el derecho privado. Por ello, tienen previstorecurrir al Constitucional tanto esta sentencia como futuras que pudieran ir en esta línea.

Aguayo anuncia que los concursos de méritos se resolverán antes de que concluya el primer trimestre de 2013. Europa Press. 21 de Febrero.


Aguayo anuncia que los concursos de méritos se resolverán antes de que concluya el primer trimestre de 2013

La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo
Foto: EUROPA PRESS
SEVILLA, 21 Feb. (EUROPA PRESS) -
   La consejera de Hacienda y Administración Pública, Carmen Martínez Aguayo, ha anunciado que las resoluciones definitivas de los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario podrán publicarse antes de que concluya el primer trimestre de 2013.
   En comparecencia en comisión parlamentaria, la consejera explicó que, una vez que se dispuso de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que se pronunciaba sobre el fondo de la cuestión, que permitía resolver estos concursos, “se actuó para desbloquear la situación”.
   En concreto, ha explicado que el gabinete jurídico de la Junta de Andalucía solicitó el allanamiento en los distintos procesos judiciales pendientes, “para garantizar que no exista impedimento judicial abierto que pueda distorsionar la resolución de los concursos”, y las comisiones de baremación de las consejerías y delegaciones provinciales reanudaron sus trabajos.
   Aguayo aseguró que se ha acogido “con satisfacción que se dicte sentencia sobre el fondo de la cuestión y con carácter firme”, ya  que “define el marco jurídico que debe regir la resolución de estos concursos y permite desbloquear la situación generada por los pronunciamientos judiciales contradictorios”.
   En su intervención, la consejera recordó que los concursos de méritos que se resolverán en breve se convocaron en marzo de 2011 y que, aunque participaron en este procedimiento 12.124 funcionarios, todos los concursos tuvieron una tramitación rápida “gracias al  buen ritmo de trabajo de las comisiones”.
   En este sentido, la consejera indicó que, ya en el mes de julio de 2011, se habían publicado los listados provisionales de adjudicación de puestos. Esto es, “apenas tres meses después de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes ya existía resolución provisional y se había dado trámite de alegaciones”.
   Sin embargo, recordó que el 8 de septiembre de 2011, el  Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió una sentencia relativa a la equiparación de la valoración de los servicios prestados como personal interino, por lo que se consideró“adecuado” recabar informes del gabinete jurídico de la Junta de Andalucía, paradeterminar la incidencia de dicha sentencia en los procedimientos de concurso en tramitación.
   De esta forma, conforme al informe del gabinete jurídico, el 14 de noviembre de 2011 se acometió la revocación parcial y modificación de las bases originales, de manera que se valoraran los servicios prestados como personal interino a efectos del mérito de la antigüedad.
   Esta decisión fue recurrida por sindicatos e interesados, recayendo“pronunciamientos judiciales no firmes de carácter contradictorio”, por lo que la Administración se vio obligada a “suspender la tramitación del concurso, hasta tanto hubiera una resolución que valorara el fondo de la cuestión”, afirmó la consejera.
   Finalmente, ha sido la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sede en Granada, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la que se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión, el pasado 29 de octubre, “considerando que la prestación de servicios como funcionario interino y como funcionario de carrera son hechos que tienen su causa en situaciones no comparables”, por lo que cree que “existen razones objetivas que justifican la aplicación de criterios de antigüedad diferentes”.
   Tanto los diputados de IU como del PP que formularon sendas preguntas sobre este asunto recordaron la situación en la que se encuentran los empleados públicos afectados, con duplicidad de gastos y alejados de sus lugares de origen en algunos casos y urgieron a la rápida resolución de dichos concursos.

martes, 19 de febrero de 2013

Primera sentencia del Tribunal Supremo. Estimado el recurso de casación de la Junta de Andalucía. Agencia de Instituciones Culturales. 19 de Febrero.


La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia por la que estima el recurso de casación formulado por la Junta de Andalucía y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el D.103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

ANÁLISIS DE LA STS (SALA 3ª) DE 21/01/2013
(RECURSO Nº 6.191/2011)
 La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia por la que estima el recurso de casación formulado por la Junta de Andalucía y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el D.103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
 La Sentencia dictada, por la peculiaridad del personal que se integra en la referida Agencia Andaluza de Instituciones Culturales,  ni prejuzga ni sienta jurisprudencia sobre los demás procedimientos abiertos contra los distintos Decretos y Protocolos en los que se impugna la integración de personal en las distintas agencias públicas.
 En todo caso, no cierra el acceso a los medios de impugnación posibles para conseguir la declaración de nulidad del régimen de integración contemplado en el Decreto impugnado, pues contra la misma cabe interponer Recurso de Amparo. Por lo tanto, será el Tribunal Constitucional, en última instancia, el que, entrando en el fondo del asunto, determine, de manera definitiva, si se ha producido la vulneración de derechos invocada. Precisamente, la reflexión que hace el Tribunal Supremo va encaminada al análisis de la constitucionalidad de la Ley 1/2011.
 Asimismo, y a pesar de acordar la desestimación del recurso contencioso-administrativo interpuesto, la Sentencia tiene unos efectos muy limitados en el sentido que afecta sólo al 2 % del total del número total de personas que se integran las agencias públicas, pues se circunscribe al personal que procede del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, cuyo número asciende únicamente a 534 trabajadores, sin que afecte a los demás procedimientos, en los que se discute la integración de alrededor de 25.000 personas procedentes de las distintas sociedades y fundaciones en la Administración de la Junta de Andalucía.
 Y, precisamente, ese personal procedente del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras se encuentra en una situación absoluta y radicalmente distinta a la de quienes proceden de las sociedades y fundaciones públicas pues, según expresa el Tribunal Supremo ya tenía la consideración de empleado público con anterioridad a la integración.
 Es por ese motivo que debe considerarse muy favorable para los procedimientos seguidos a instancia de los empleados públicos de la Administración de la Junta de Andalucía la transcendencia que le otorga la Sentencia a la condición del personal que se integra en las agencias públicas pues, en ningún caso, puede predicarse, a diferencia de lo que considera el Tribunal Supremo en este caso, que el personal procedente de las fundaciones y sociedades extinguidas tuvieran la consideración de empleado público con anterioridad a la integración. En síntesis, la STS atiende muy especialmente a que el personal integrado en esta concreta Agencia YA era empleado público, al ser el Instituto Andaluz de las Artes y de las Letras una “entidad pública”, extremo en modo alguno predicable de las empresas y fundaciones que la Junta extinguió para integrar a su personal en el resto de Agencias.
 Por tanto, queda absolutamente abierta la posibilidad de que el TS decida plantear la cuestión de inconstitucionalidad cuando del personal procedente de fundaciones y empresas públicas se trate, sin perjuicio, obviamente, del derecho que asiste a los empleados públicos y Asociaciones recurrentes de plantear Recurso de Amparo contra esta Sentencia ante el Tribunal Constitucional que será, en última instancia, el que decida sobre la vulneración de derechos fundamentales invocada.

Noticias sobre el fallo del Supremo. 19 Febrero



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FUNCIÓN PÚBLICA | Contradice al TSJA

El Supremo avala la aplicación de la ‘ley del enchufismo’ en una de las nuevas agencias

Manifestación de funcionarios contra la 'ley del enchufismo', en 2011. | E. Lobato
Manifestación de funcionarios contra la ‘ley del enchufismo’, en 2011. | E. Lobato
  • ‘Bendice’ la integración de 534 empleados de Instituciones Culturales
  • Da categoría de ‘empleado público’ al personal del Instituto de las Artes
Toñi Caravaca | Córdoba
Actualizado martes 19/02/2013 08:08 horas
Una sentencia del Tribunal Supremo ha dado un giro a la vertiente procesal de la aplicación de la conocida como ‘ley del enchufismo’ promovida por el Gobierno andaluz, y que persigue la incorporación a la estructura central de la administración andaluza de unos25.000 contratados en empresas y organismos paralelos que no han pasado por ningún proceso de selección personal.
De hecho, el Supremo da la razón al Gobierno de Griñán y a su Ley de Reordenación del Sector Público Andaluz -al menos parcialmente en el caso estudiado- en contra del que había sido hasta la fecha el criterio del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Concretamente, el Tribunal Supremo (TS) ha admitido el recurso de casación interpuesto por la Junta y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales contra la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2011 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, por la que se aprueban los estatutos de dicha Agencia.
En la práctica, dicha sentencia ordenaba, por la vía de derechos fundamentales y de forma cautelar, la integración de 534 trabajadores del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras (IAAL) en la citada Agencia, creada al amparo de la conocida como ‘ley del enchufismo’ o ‘decretazo’.
En el fallo, fechado el 21 de enero del pasado mes, la Sección Séptima del TS sostiene que la sentencia dictada por la sala de Sevilla desconoce que el personal del IAAL «ya tenía condición de empleado público» antes de que el decreto dispusiera su integración en la Agencia de Instituciones Culturales.
En concreto, recoge la sentencia del Alto Tribunal, el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras era una «entidad de Derecho Público», por lo que su personal, regido por el ordenamiento laboral, «estaba ya dentro del ámbito de aplicación de este texto legal». El TS, por tanto, entiende que los trabajadores integrados en la Agencia «ya forman parte de ella bien como funcionarios, bien como personal laboral».

Han de opositar

No obstante, el magistrado realiza una puntualización al recordar que dichos empleadoshan de opositar conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad regidos por la Constitución Española para acceder a la Administración General de la Junta de Andalucía.
«No es una obviedad establecer expresamente que este personal del IAAL que se integra en la AAIC solamente podrá pasar a la función pública de la Administración General de la Junta de Andalucía o a su personal laboral si supera los correspondientes procesos selectivos», recoge la sentencia. Mientras no lo hagan, seguirán siendo empleados públicos de la Agencia de Instituciones Culturales.

‘Ya eran empleados públicos’

El Alto Tribunal explica en la sentencia que el personal del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras mantiene la condición que ya tenía cuando trabajaba en éste con la única diferencia de que ahora pasa a serlo de la Agencia. «Quienes eran empleados públicos del primero, entidad pública, siguen siéndolo, ahora de la segunda, entidad pública igualmente, sin que por la integración controvertida pasen a formar parte de la función pública ni del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía».
El fallo descarta, por tanto, que se lesione el principio de igualdad y reconoce el «derecho» de los trabajadores integrados por la Junta de acceder y «permanecerpromocionándose profesionalmente en el empleo público». De esta forma, el juez anula la sentencia impugnada -dictada por el TSJA- al entender que «ha lugar a los recursos de casación interpuestos» tanto por la Agencia como por la Junta de Andalucía.
Desestima, por tanto, el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el decreto por el que se aprueban los estatutos de la AAIC por la Asociación Al-Ándalus de empleados públicos de la Junta de Andalucía y Defiendo mi derecho y la gestión pública.

‘Ni prejuzga ni crea jurisprudencia’

La importancia de esta sentencia radica en que es la primera vez que se pronuncia el Tribunal Supremo sobre los recursos interpuestos por la Junta de Andalucía contra las sentencias dictadas por la Justicia andaluza que han paralizado la integración de trabajadores en las nuevas agencias.
Sin embargo, desde el bufete de abogados cordobés de Mariano Aguayo, que representa legalmente a las asociaciones denunciantes, se sostiene que la sentencia del TS «ni prejuzga ni sienta jurisprudencia» sobre los demás procedimientos abiertos contra los distintos decretos y protocolos en los que se impugna la integración de personal en las distintas agencias públicas.
En todo caso, apuntan desde dicho bufete a este periódico, «no cierra el acceso a los medios de impugnación posibles para conseguir la declaración de nulidad del régimen de integración contemplado en el decreto impugnado», pues contra la misma cabe interponerrecurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Por lo tanto, será el Tribunal Constitucional, en última instancia, el que, entrando en el fondo del asunto, determine de manera definitiva si se ha producido la vulneración de derechos defendida por los empleados públicos.

‘Efectos limitados’

Los letrados matizan, igualmente, que este fallo tiene unos efectos «muy limitados», pues sólo afecta al 2 por ciento del número total de personas que se integran en las agencias públicas, esto es, a 534 trabajadores. No afecta por tanto al resto de procedimientos, en los que se discute la integración de alrededor de 25.000 personas procedentes de las distintas sociedades y fundaciones en la Administración de la Junta de Andalucía.
Además, recuerda el bufete, el personal procedente del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras se encuentra, como recoge la sentencia, en una situación «absoluta y radicalmente distinta a la de quienes proceden de las sociedades y fundaciones públicas», pues, ya tenía la consideración de empleado público con anterioridad a la integración.
En definitiva, los representantes legales de las asociaciones que han llevado a los tribunales la ‘ley del enchufismo’ del Gobierno de José Antonio Griñán han calificado la sentencia del TS como de «muy favorable» para los procedimientos seguidos por la «trascendencia que le otorga la sentencia a la condición del personal que se integra en las agencias públicas», ya que no puede entenderse que el personal que procede de estas fundaciones extinguidas tuvieran la consideración de empleado público con anterioridad a la integración en las nuevas agencias.

domingo, 17 de febrero de 2013

“Hay que tomar las decisiones en positivo y cambiar el rumbo de la Historia”. El día de Córdoba. 17 de Febrero.


El Día de Córdoba

“Hay que tomar las decisiones en positivo y cambiar el rumbo de la Historia”

De manejar un ordenador de segunda mano y prestar su servicio en el turno de oficio, Mariano Aguayo ha pasado a liderar un bufete con 20 profesionales en Madrid y Córdoba
Ángel Robles | Actualizado 17.02.2013 – 07:59
AFICIONADO al arte contemporáneo y a la caza, fundador del Colegio Británico y profesor del departamento de Derecho Mercantil de la Universidad de Córdoba, Mariano Aguayo da nombre a uno de los bufetes de abogados más prestigiosos de la ciudad, con un equipo de una veintena de letrados, la mayoría jóvenes, entre Madrid y Córdoba. Muy presente en las redes sociales, Aguayo ejemplifica la imagen de un profesional de las leyes pegado a la actualidad e interesado en temas de ciudad como la Capitalidad Cultural. “El abogado que no está presente en su sociedad no es abogado”, resume.
-¿Cómo llega al mundo de la Abogacía?
-En este despacho somos primera generación. Mi padre es artista, pintor, escritor… Yo me inicié en los años 90 como emprendedor. Nos metimos en el sector de las estaciones de servicio y durante 15 años fuimos el despacho de referencia en España, trabajando en exclusiva. Al principio fui presidente de Abogados Jóvenes y tengo muy buenos recuerdos de aquellos primeros momentos. Poco a poco, hemos crecido.
-¿Se puede ser abogado sin tener una vocación para su profesión?
-No. Y, como afirman los americanos, hay que tener varias habilidades, como un conocimiento en profundidad del Derecho, capacidad de comunicación con el entorno, la facilidad para la creación en cuanto a lo que se tiene entre manos y capacidad de resistencia al esfuerzo. En este despacho, además, damos mucha importancia a la empatía interna y a la relación con el cliente y, en última instancia, con la sociedad. Hay que ser especialmente sensible.
-¿Qué ha cambiado en la abogacía desde que empezó su carrera en los años 90?
-A nivel de grandes asuntos, ya no se concibe el abogado individual. Entiendo que los asuntos son de tal complejidad que requieren de equipos integrados de distintos profesionales para que cada uno aporte su granito de arena. Hay que atender los asuntos de manera global. En este despacho lo hemos llevado a rajatabla.
-¿Cuál es el futuro de los jóvenes que empiezan ahora?
-La abogacía, como un operador más de la sociedad, es sensible a la situación de dificultad que atravesamos. Pero nos encontramos en una liga en la que aún podemos jugar. Tenemos clientes que sí tienen dificultades para jugar en sus respectivas ligas. No son buenos tiempos para nadie, en contra de lo que se dice, pero cada vez hay más empresarios conscientes de que necesitan el asesoramiento de profesionales.
-¿La crisis ha agudizado la necesidad de abogados expertos en Derecho Mercantil?
-Lo que se requiere cada vez más es un abogado especializado. El abogado generalista cada vez lo va a tener más complicado, porque no se puede saber mucho de todo.
-Su bufete llevó ante los tribunales la designación de San Sebastián como Capital Cultural de Europa en 2016. ¿Cómo surgió esta iniciativa?
-Fue una decisión de despacho, colegiada. El planteamiento fue tan sencillo como decidir que recurrimos una multa de tráfico de 200 euros porque tenemos un interés personal en ello. ¿Cómo no íbamos a recurrir la decisión más importante a la que se enfrentaba la ciudad en los últimos cien años si, además, todos entendíamos que no había sido justa la decisión del jurado?
-¿Se hizo política al designar a San Sebastián?
-La pregunta fue contestada por el propio jurado, que cuando compareció ante los medios afirmó que la decisión fue tomada en base a unos criterios absolutamente políticos. No es que lo diga yo o los ciudadanos, es que lo reconoció el jurado y se recogió con luz y taquígrafos. Incluso se llegaron a aportar pruebas al procedimiento que constatan que el jurado no fue imparcial.
-¿Qué habría supuesto que la Capitalidad viniera a Córdoba?
-Para empezar, fue una ilusión colectiva que no había conocido nunca. Realmente, nuestra iniciativa de recurrir la decisión irregular partió de que la ciudad se sintió defraudada por un jurado que tomó una decisión basándose en unos principios distintos a los que constaban en el concurso. La Capitalidad era un paso importante adelante en esa globalización del conocimiento de Córdoba.
-¿Confía en que la demanda tenga un resultado positivo para la ciudad?
-La decisión está en el Tribunal Supremo. Nos hemos dado cuenta de que el proceso se basaba en unas decisiones absolutamente subjetivas. Es muy complicado.
-¿Y ahora qué?, pensaron muchos después del batacazo.
-Hubiera venido bien, pero Córdoba es mucha Córdoba. No hemos pedido el barco; trenes pasan todos los días. Nuestro despacho es muy optimista en el futuro y pensamos que cada persona es el único responsable de su presente y de su futuro. Si los cordobeses se hacen responsables de su futuro, no vamos a tener ningún problema.
-Está muy en contacto con los jóvenes a través de las redes sociales y de la Universidad. ¿Hacen falta emprendedores en Córdoba?
-Hacen falta emprendedores en todas partes, aunque aquí tenemos muy buenos. En Madrid me preguntan si somos de Córdoba. Claro que sí. Empecé en el turno de oficio con una mesa que me costó 17.000 pesetas y con un ordenador de segunda mano. Lo importante es dónde quieres ir. En Córdoba existe ahora una iniciativa que se llama CoSfera con capital y talento privado 100%. Es un equipo que parte de abajo y ahora mismo se han convertido en el dinamizador cultural más fresco y moderno que tiene la ciudad.
-Hablando de trenes que pasan y de proyectos, a principios de semana el grupo inmobiliario Tremón, que acaba de salir de un concurso de acreedores, presentó un plan para invertir 141 millones de euros en la construcción de un complejo de ocio en El Arenal de la Fuensanta. ¿Cree que saldrá adelante?
-Lo que es increíble es que el mismo día en que se conoce la iniciativa, antes de conocer siquiera los detalles, estemos ya criticándolo. Es lamentable. No seamos cainitas, no nos lo carguemos antes… Lo he dicho siempre: no se puede achacar a Córdoba que algunos proyectos no salgan adelante. Las ciudades no tienen decisión, sino las personas, que lo enfocan de manera negativa cada vez que surge un nuevo proyecto. Lo que tenemos que hacer en Córdoba es tomar las decisiones en positivo y cambiar el rumbo de la Historia.
-Su despacho ha ganado numerosos pleitos contra la Junta de Andalucía por las contrataciones en las agencias públicas. ¿Existió aquí también un interés particular de su despacho, como en el caso de la Capitalidad?
-Esto fue diferente. Se trata de una iniciativa absolutamente particular de un grupo importante de empleados públicos que decidió que para defender la función pública debía de tener la iniciativa de demandar las decisiones del Gobierno de la Junta de Andalucía e impedir la integración de miles de personas que habían accedido a sociedades públicas, pero en régimen de derecho privado, sin las garantías de igualdad, mérito y capacidad. Hicieron una cuestación popular, algo parecido a lo que ahora se llama crowfonding, y pusieron 20 euros de su bolsillo para contratar a nuestro despacho. Quisieron hacer Justicia en favor de todos los andaluces, porque que la Administración actúe de manera legal debería ser el principal interés de todos los ciudadanos.
-¿Han tenido estas sentencias contra el enchufismo su justa repercusión?
-Repercusión sí han tenido, lo que es lamentable es que muchas de ellas aún no hayan sido acatadas por la Administración. Tampoco ha habido ninguna consecuencia política.
-Se habla del desapego cada vez mayor hacia la política y hacia la Justicia. ¿Lo entiende, usted que conoce muy bien el funcionamiento de ambas?
-Tanto en política como en Justicia hay excelentes profesionales. Estamos estigmatizando dos de las funciones fundamentales del Estado por la moda de decir que ni los políticos ni la Justicia valen para nada, pero me gustaría romper una lanza a favor de muchos políticos y jueces que hacen muy bien su trabajo. En España, en Córdoba, somos más partidarios de generalizar que de meter el hombro. Es más fácil criticar que ayudar, y creo que España necesita más de gente que ayude que de gente que critique. En esta casa está prohibido hablar del pasado. Me explico: queremos ayudar al futuro, que es nuestro. Si no, no podremos disfrutar de los 25 años que tenemos por delante. Ya está bien de hablar mal de todo.
-Los jueces han convocado una huelga para el miércoles y han invitado a los abogados a sumarse a sus movilizaciones. ¿Lo comparte?
-Ya he estado en otras ocasiones en la puerta de la Audiencia Provincial con nuestros amigos jueces y fiscales y con los compañeros abogados. Sus reivindicaciones son las nuestras porque necesitamos que la Justicia funcione mejor.
-¿Qué cree que necesita la Justicia?
-Hay que optimizar los medios.
-¿Algún cliente le ha pedido alguna vez explicaciones por la tardanza en resolver un pleito?
-Hay que separar lo que es la defensa de la política. Cuando se nos presenta un caso, analizamos todas las opciones, incluido si lo judicializamos o no. No somos especialmente partidarios de ir a los tribunales hasta que no hay más remedio.
-En cambio, en algunos ámbitos como la política los tribunales se utilizan habitualmente.
-Efectivamente, España está muy judicializada y eso no es bueno. Ir a los tribunales debe ser la excepción de una relación, no la norma.
-Estudió Derecho en la Universidad de Córdoba, donde es profesor, y además participó en la fundación del Colegio Británico. ¿Entiende el debate abierto entre educación pública, privada y concertada?
-Me siento muy orgulloso de haber estudiado en la Universidad de Córdoba y tengo excelentes relaciones con la facultad. De hecho, una de las actividades que más disfruto es acercar la práctica a los alumnos. Hay excelentes universidades públicas en España, pero también creo que se ha derrochado mucho dinero en algunas de ellas. No tiene sentido, por ejemplo, que haya facultades de Derecho con una ratio tan baja alumno-profesor, porque no estamos en un país rico. Cualquier universidad privada que surja no sólo es bienvenida, sino más, porque tendrá unos ratios de optimización incomparables.
-¿La educación pública debería de mirar, por tanto, a la manera de gestionar de la privada?
-La formación tiene que dar opciones. Entiendo que tanto la pública como la privada tiene que incorporar un sistema de becas para que quien sea brillante puede acceder sin límite a la formación. Lo que hay que hacer es que la excelencia no encuentre limitaciones económicas. A lo mejor lo que no tenemos es recursos para que todo el mundo sea subvencionado indefinidamente con independencia de su rendimiento.
-¿Cómo surgió la iniciativa del Colegio Británico?
-Éramos un grupo de padres que nos encontramos con que en Córdoba, en pleno siglo XX, se enseñaba muy mal idiomas. Somos conscientes de la necesidad que tenemos de desarrollarnos en un mundo global en el que se habla inglés. Pero no es sólo eso. En el Colegio Británico se aprende de una manera distinta, se le da mucha importancia a la participación, a la colectividad. Cada semana los alumnos interpretan en público mediante un sistema de asambleas los conocimientos de los últimos días. Así evitamos lo que yo viví, que compañeros de la carrera, al terminar, nunca habían hablado en público.
-Está presente en Facebook y en Twitter. ¿Los utiliza para ponerse al día?
-Soy una hormiguita a la que le gusta enterarse por dónde va el mundo. El conocimiento se mueve ahora por las redes y estando ahí tienes una penetración que no posees de otra forma. Suelo utilizar Twitter para comunicar cosas que, por nuestra posición, pueden resultar interesantes. Cada mañana edito un tuit bajo el hashtag#BOEcalentito en el que adelanto a los diferentes sectores normas que pueden afectarles. Es una experiencia muy enriquecedora.

«Hay que saber que con el caos del decretazo pagamos a gente que está mano sobre mano». Conversaciones en Andalucía. Mariano Aguayo. 17 de Febrero.


CONVERSACIONES EN ANDALUCIA

MARIANO AGUAYO

Al despacho de este cordobés acudieron cientos de funcionarios dispuestos a financiar con su dinero la lucha contra el Decreto del “Enchufismo” de la Junta. También llevó a los minoritarios de ENDESA. Le gusta su fama de Abogado de causas justas que parecen perdidas.

«Hay que saber que con el caos del decretazo pagamos a gente que está mano sobre mano»

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jueves, 14 de febrero de 2013

¡Nueva Sentencia! ANULADA la Regla 1ª del Protocolo de integración del personal de GIASA en la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía. 13 de Febrero.


¡Nueva Sentencia favorable!

ANULADA la Regla 1ª del Protocolo de integración del personal de GIASA en la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.

Derechos Fundamentales

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Sevilla

Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Sevilla que estima el recurso interpuesto por la Asociación Al Andalus, la Asociación Defiendo mi Derecho y la Gestión Pública y 17 Empleados Públicos más contra la Resolución de 20/04/2011 de la Secretaría General Para la Administración Pública, por la que se aprueba el protocolo de integración del personal de GIASA en la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 84 de 30 de Abril de 2011),declarándose la nulidad de la Regla 1ª de dicho protocolo por vulneración de los derechos fundamentales previstos en el artículo 23.2 de la Constitución Española, en su vertiente del derecho de igualdad previsto en el artículo 14 de la Constitución.
ENHORABUENA A TODOS.