Declaracion de intenciones

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La plataforma se declara independiente y apolítica.
Nuestro objetivo fundamental es que tanto el personal laboral como funcionario, siga manteniendo exactamente la misma relacion ORGANICA Y FUNCIONAL con la Administración que la actual, RECHAZANDO rotundamente la integracion de nuestros puestos en ninguna otra empresa.
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jueves, 22 de diciembre de 2011

SAFJA denuncia, vía penal, al Secretario del Consejo Rector de la AMAYA. SAFJA. 22 de Diciembre.



La denuncia advierte que se podrían estar cometiendo acciones constitutivas de delito de usurpación de funciones, entre otras, y que se desconocen el código del puesto que ocupa, las características esenciales del mismola nómina y su nuevo nombramiento.
El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, SAFJA, ha presentado una denuncia ante el Juzgado de Instrucción contra el actual Secretario del Consejo Rector de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (AMAYA) y contra todas aquellas personas que pudieran resultar responsables. A través de la página web de la citada Agencia, SAFJA ha tenido conocimiento de la persona que ostenta el cargo de Secretario del Consejo Rector de AMAYA,persona con un contrato laboral privado en EGMASA.
SAFJA ha sacado la artillería pesada contra la reordenación. En esta denuncia, vía penal, entiende que los hechos denunciados podrían ser constitutivos, entre otros, de unpresunto delito de DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS,regulado en el capítulo V del Título XVIII del Libro II del Código Penal, que se castiga en el artículo 402 con pena de prisión de uno a tres años. Este tipo de delito es de simple actividad y puede cometerlo cualquier persona, incluso una autoridad o funcionario público que realice actos que estén fuera o al margen de su competencia específica.
En Régimen jurídico de los órganos y de la actuación administrativa de la Junta de Andalucía establece en su composición que “contarán con una persona que ejerza la secretaría, que podrá ser un miembro del propio órgano colegiado o una persona al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía” y que dicha persona deberá poseer “la misma cualificación y requisitos que su titular”.Además, ejercerá funciones como autorizar las actas de las sesiones, recepcionar los escritos y la documentación que se generen en el seno del órgano colegiado o remitan sus miembros, organizar y gestionar el registro del órgano y expedir certificados de las actuaciones y acuerdos.
Ante la legislación planteada, SAFJA deja claro en la denuncia que el actual Secretario no es personal al servicio de la Administración Pública, y no pertenece a la Consejería de Medio Ambiente en la Junta, sino que es profesional laboral con contrato privado en EGMASA. Sus actuaciones, funciones y actas no gozan de fe pública ni de presunción de certeza. No obstante, desempeña y ostenta públicamente la titularidad del a Secretaría, de la Agencia, tal y como se publica en la web de la AMAYA.
Además, vulnerando la Ley, se desconoce el código del puesto que ocupa el dicho señor en la Agencia, las características esenciales mismo, la nómina pública que recibe, su número de registro general de personal, su nuevo nombramiento,ya que siempre ha sido personal de EGMASA. Sin embargo, las competencias y funciones públicas que tiene ahora atribuidas y que desempeña, al ser titular de la Secretaria del órgano Rector de la Agencia AMAYA, son las reseñadas en la normativa vigente.
A este respecto, SAFJA exige en su denuncia que se aporte todos los datos y documentación que determina la Ley, contratos de trabajos del actual Secretario con EGMASA y con la Administración de la Junta desde que presta sus servicios en ambas; contenido, funciones y competencias que realiza, con enumeración pormenorizada. Al respecto, este Sindicato requiere el certificado de la Consejería de Medio Ambiente donde se acredite documentalmente su condición de empleado público de la Junta de Andalucía, o de personal al servicio o bajo la dependencia de está; la inscripción registral y código de puesto que ocupa en la Agencia; nóminas que recibe; BOJA donde se publica el proceso de acceso al empleo público que ocupa en AMAYA, de acuerdo con los principios constitucionales para su legítimo desempeño, igualdad, mérito y capacidad con publicidad; nombramiento y habilitación legal para ostentar y desempeñar legalmente las funciones de Secretaría del Consejo Rector de la Agencia; actas del Consejo Rector de la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Aguas desde su constitución; actas de la comisión de seguimiento de AMAYA, donde el actual Secretario desempeña la Secretaría, dado que al ser titular del órgano rector, también lo es de ésta.
Por otro lado, SAFJA recuerda el Auto de 16 de junio de 2011, dictado por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de los de Sevilla, donde se “acordó la suspensión de la ejecutividad de la Resolución impugnada, Resolución de 20 de Abril de 2011 de la Secretaría General para la Administración Pública por la que se aprueba el protocolo de integración de personal en la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, con fecha 16 de junio de 2011” en lo relativo a la “incorporación del personal laboral de la Empresa de Gestión Medioambiental S.A.”.
Este Sindicato vuelve a insistir en el cumplimiento, y así se certifique por la Secretaria General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, del Auto Judicial mencionado, por el cual ni el denunciado ni otro personal de EGMASA haya sido integrado en la AMAYA. SAFJA llegará hasta el final en esta batalla contra la Ley 1/2011 y que los Tribunales están respaldando.

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