MEDIDA EXTENSIVA PARA ORGANISMOS, EMPRESAS, AYUNTAMIENTOS Y CC.AA.
El sector público podrá despedir con sólo 20 días si ajusta el gasto un 5%
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, acompañada por la vicepresidenta del Gobierno (Efe).
José Antonio Navas30/10/2012 (06:00h)
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El próximo Reglamento de Despido Colectivo va a marcar un antes y un después en el ajuste del sector público en España. Esta es la intención con la que los Ministerios de Hacienda y de Empleo trabajan actualmente para sacar adelante una normativa que facilitará los expedientes de extinción de contratos en todos los organismos del Estado con un máximo de 20 días de indemnización por año trabajado.Para ello, será condición objetiva que las entidades oficiales que deseen ajustar su personal laboral acrediten un esfuerzo fiscal equivalente a una reducción del 5% en sus presupuestos de gastos anuales.
Mientras Fátima Báñez anunciaba el pasado viernes el desarrollo de la Ley de medidas urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, su colega Cristóbal Montoro perfilaba los últimos retoques de un Real Decreto clave para entender las nuevas relaciones laborales de la Administración del Estado y que aparece hoy publicado en el Boletín Oficial del Estado. El Gobierno ha informado a los sindicatos de funcionarios del alcance de lo que se considera como una reforma estructural de segundo grado que equipara las condiciones del mercado de trabajo dentro del sector público con las que ya rigen en el sector privado. En definitiva, se trata de eliminar trabas y liberalizar las llamadas causas objetivas del despido para todo el personal laboral que los sindicatos calculan en torno a 700.000 trabajadores en toda España. Los funcionarios de carrera quedarán a salvo de la nueva regulación dado su singular régimen jurídico.
El decreto desarrolla la disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores que se incorporó con la reforma laboral facilitando la aplicación de nuevos EREs en todos los organismos públicos, entidades o sociedades mercantiles bajo control mayoritario del Estado, así como en los ayuntamientos y autonomías. El reglamento incluirá una serie de garantías reforzadas en relación al sector privado, empezando por la exigencia de un informe previo y vinculante del órgano competente en materia de función pública. Asimismo, será necesaria la intervención de la Inspección de Trabajo cuando el programa de ajuste afecte a la Administración General del Estado o a las Comunidades Autónomas. También se amplían los requerimientos de documentación justificativa, ya que el procedimiento deberá iniciarse por escrito y acompañarse de documentación exhaustiva sobre las causas que lo motivan.
En lo que respecta a las condiciones económicas exigidas en el sector público, el Gobierno ha previsto como referencia básica la certificación de los presupuestos del organismo o entidad interesada. Hacienda quiere promover estímulos que favorezcan el recorte de gastos en la Administración y para ello se plantea la necesidad de fijar un mínimo ajuste presupuestario como premisa esencial para llevar a cabo un recorte de plantilla en las mismas condiciones que tiene el sector privado cuando justifica la existencia de pérdidas económicas.
En el sector público, donde los ingresos vienen dados en gran parte por las subvenciones oficiales, la idea del Gobierno es que sólo se puedan abordar EREs con extinción de contratos a partir de una reducción de gastos presupuestarios del 5% en un año o del 7% en dos años consecutivos. Bajo estas condiciones objetivas económicas, la reforma laboral aprobada el pasado mes de julio se traslada con todas sus consecuencias al ámbito de la Administración del Estado en una medida inducida también por el objetivo esencial de la política económica de Rajoyque no es otro que reducir como sea el déficit público en España.