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martes, 16 de octubre de 2012

Y ESTA SEÑORA Y SU JEFE ¡QUE MANÍA NOS TIENEN!


Andalucía / función pública

La Junta pretende cambiar las bases de los concursos de méritos de los funcionarios

La Federación de Sindicatos Faspi recurre al TSJA su exclusión de la Mesa General de la Función Pública

josé cejudo / sevilla
Día 15/10/2012 – 19.03h
La Junta pretende cambiar las bases de los concursos de méritos de los funcionarios
EFE. Carmen Martínez Aguayo, consejera de Hacienda y Administración Pública.
La Junta de Andalucía ha decidido ahora modificar las condiciones por las que los funcionarios pueden acceder a los concursos de méritos para lograr mejores destinos laborales. En la última Mesa Sectorial de la Función Pública, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que dirige Carmen Martínez Aguayo, anunció la próxima modificación del decreto que regula tales prácticas, y pidió a los sindicatos que formen parte de un grupo de trabajo.
Tanto CSIF como el Sindicato de Funcionarios han aceptado la invitación, pero también han exigido que se aplique el resultado del último concurso de méritos, que se encuentra bloqueado después de que la Junta llevara a cabo una rebaremación y las centrales recurrieran a los tribunales. La Consejería sostiene que el concurso se resolverá de acuerdo con lo que dispongan las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En el TSJA precisamente ha presentado un recurso contencioso-Administrativo la Federación Andaluza de Sindicatos Profesionales Incdependientes (Faspi), de la que forman parte el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), el Sindicato Médico Adnaluz(SMA) y la Asociación de Profesores de Institutos de Andalucías (APIA).
El recurso se presenta por la exclusión de Faspi, por decisión de la Junta, de la Mesa General de la Función Pública pese al respaldo mayoritario obtenido en las elecciones sindicales de los años 2010 y 2011. Con ello, la Federación ha sido «eliminada» de cualquier tipo de negociación que tenga como escenario la Mesa General de la Función Pública.
Según el recurso esta exclusión «es una forma directa de acallar la voz de los disidentes, de los que reclaman y defienden a ultranza los derechos del funcionario, sin ningún tipo de servidumbe ideológica ni crematística».
En base a todo ello Faspi solicita la suspensión cautelar de la constitución de la Mesa General de la Negociación de la Función Pública, así como de todos los actos o acuerdos que se hubieran podido adoptar, hasta la presentación del recurso, al amparo de lo previsto en el artículo 129.2 de la Rey Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

La unión de Safja, SMA y APIA presenta un recurso por su no inclusión en la Mesa General de la Función Pública

SEVILLA, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -
   La Federación Andaluza de Sindicatos Profesionales Independientes (Faspi), integrada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), el Sindicato Médico Andaluz (SMA) y la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA), ha presentado este lunes un recurso ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, artículos 53.2 de la Constitución Española y 114 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa contra la no inclusión de Faspi en la Mesa General de Negociación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, constituida el pasado día 5 de octubre de 2012.
   En una nota, la federación ha señalado que “no sólo se conculca la Constitución Española, el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), sino que la Junta de Andalucía ningunea el voto de los funcionarios andaluces en las últimas elecciones sindicales celebradas durante los años 2010 y 2011″. En dichos comicios, estos sindicatos, según señalan, han obtenido un respaldo mayoritario en las urnas, cumpliendo así los requisitos de representación que la legislación vigente exige para formar parte, con todos los derechos, de la Mesa General de la Función Pública.
   Asimismo, Faspi ha exigido en el recurso la suspensión cautelar de la constitución de la mesa y de cualquier acuerdo adoptado. La federación andaluza advierte de los perjuicios de difícil reparación que pueden acarrear su exclusión de esta negociación, ya que se podrían adoptar acuerdos vinculantes que afectarían de forma indefectible a los funcionarios públicossin haber sido negociados con los sindicatos más representativos de dicho personal.
   Con carácter previo a la interposición del presente recursoFaspi había presentado varios requerimientos previos, dirigidos a la Presidencia de la Mesa General de Función Pública de Andalucía, denunciado la situación de clara omisión respecto de la representación obtenida, que, como era de esperar, han obtenido la callada por respuesta, de ahí que el acudir a la vía jurisdiccional competente sea el único medio del que puede valerse.
   Según indican, la federación ha sido eliminada de cualquier tipo de negociación y “de forma arbitraria” ha sido obviada en todo momento en este proceso, a pesar de tener el carácter de entidad más representativa, a tenor de los resultados electorales obtenidos. Ante este nuevo “atropello” del Gobierno andaluz, Faspi ha agravado que su eliminación en los foros de negociación “es una forma directa de acallar la voz de los disidentes, de los que reclaman y defienden a ultranza los derechos del funcionario, sin ningún tipo de servidumbre ideológica, ni crematística”.
   Al vetar a Faspi en la constitución de la mesa general de negociación se lesionan ‘per se’ los derechos adquiridos “de los servidores públicos” garantizados por la negociación colectiva y amparados por las leyes, y consecuentemente el derecho de libertad sindical reconocido en la Constitución. El EBEP es claro al establecer, sin ambages, que “además, también estarán presentes en estas mesas generales, las organizaciones sindicales que formen parte de la mesa general de negociación de las Administraciones Públicas siempre que hubieren obtenido el diez por ciento de los representantes a personal funcionario o personal laboral en el ámbito correspondiente a la Mesa de que se trate”.

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