El TSJA suspende definitivamente la rebaremación en la Junta
El Alto Tribunal rechaza el recurso de la Administración autonómica y atiende la petición de CSIF sobre la rebaremación · Más de 12.000 funcionarios afectados
Antonio Fuentes / SEVILLA | Actualizado 24.10.2012 – 05:04
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado definitivamente la rebaremación que hizo la Junta de Andalucía en los concursos de sus funcionarios. El pasado noviembre, cuando las listas con las plazas adjudicadas estaban a punto de salir, la Junta decidiócambiar las bases e igualar la antigüedad de los interinos con la de los funcionarios, aplicando así una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) sobre este asunto. Los sindicatos recurrieron y diversos autos paralizaron la adjudicación de las plazas con los nuevos criterios. La Junta también recurrió las decisiones judiciales que comenzaban a dar la razón a los sindicatos .
Ahora en una sentencia del TSJA a la que ha tenido acceso esta redacción, con fecha de16 de octubre, el Alto Tribunal comienza a poner fin al conflicto al desestimar el recurso de apelación de la Junta contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Sevilla que dio la razón al sindicato CSIF, que consideró ilegal cambiar las bases de un concurso de méritosque ya había sido convocado.
La pelota está en el tejado de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, que había pospuesto su decisión sobre el calendario para resolver el concursodel personal funcionario hasta que se resolviera el conflicto judicial. La sentencia del TSJA es firme, no da lugar a recurso alguno y condena a la Junta al pago de costas, hasta un límite máximo de 600 euros.
Unos 12.000 funcionarios se presentaron a los distintos concursos de méritosconvocados el 2 de marzo de 2011, con unas bases que fueron modificadas en instrucciones el pasado noviembre. Superaron las pruebas, tenían el traslado al alcance de la mano, pero vieron frustradas sus expectativas.
Casi un año después de este procedimiento, el TSJA resuelve que “la orden modifica las bases, introduciendo un elemento que implica una modificación respecto al mérito de la antigüedad a valorar, lo cual puede influir decisivamente en el resultado final del proceso del concurso”. El TSJA entiende que esta “alteración” discrimina a los funcionarios que podrían haber optado a esas plazas y concluye que ese “cambio en las reglas iniciales de valoración de méritos del concurso, impidiendo que de dicha variación puedan beneficiarse todos los funcionarios, por lo que se ven perjudicados aquellos que por los méritos iniciales a valorar decidieron no concursar,siendo vulnerado el principio de igualdad en el acceso a puestos públicos“.
“No se trata de una mera vulneración hipotética o teórica; es claro que se convoca un proceso con unas reglas concretas y que, con posterioridad, se produce una modificación de las reglas a tener en cuenta, pero dicho cambio sólo beneficia a unos pocos, viéndose privados de hacer valer los méritos ahora valorados el resto de funcionarios, sin que hayan tenido ocasión de participar, con las nuevas reglas, modificadas con posterioridad y sorpresivamente por la Administración”, reza la sentencia.
De esta manera el TSJA señala que el cambio de las reglas de juego pudo llevar a algunos funcionarios a no presentarse a los concursos. No obstante, no resuelve qué sucederá con los miles de funcionarios que se presentaron y tienen paralizados sus traslados. Tendrá que ser la Administración quien, en cumplimiento de la sentencia del TSJA, resuelva de una vez el problema y decida si vuelve a las bases originarias, convoca nuevos concursos u alguna otra solución.
El TSJA también desestima la petición de la Junta de la falta de legitimación de CSIF para recurrir a la vía judicial e indica que “resulta evidente que dicho concurso afecta a los funcionarios públicos, siendo clara la legitimación del sindicato en defensa de los intereses colectivos de los funcionarios que representa”. Desde CSIF reclamaron que la directora general de Recursos Humanos y Función Pública resuelva de una vez el concurso conforme a las bases originales. Las mismas fuentes expusieron que en una mesa sectorial la directora general señaló que había que esperar a un pronunciamiento del TSJA al estar la cuestión “sub iudice” y con resoluciones contradictorias.
Tanto la orden como las bases iniciales han tenido cientos de recursos. Por ejemplo, interinos denunciaron que se les discriminaba y un juzgado de Granada les dio la razón. Por ello habrá que esperar a la decisión que tome en último término la Consejería de Hacienda.
No hay comentarios:
Publicar un comentario